viernes, 23 de enero de 2015

Régimen de Servicio Domestico 2015.



A partir de septiembre de 2014 rigen nuevos salarios mínimos para las trabajadoras de casas particulares. En enero de 2015 hay otro aumento de este monto. Respecto a los valores de septiembre de 2013 la suba final equivaldrá a un 30%.
Recordá que el Ministerio de Trabajo no establece un porcentaje de aumento de sueldo para todas las empleadas, sino que fija sueldos mínimos que sí o sí hay que cumplir.
Esto quiere decir que si una trabajadora estaba cobrando más que estos valores no necesariamente tendrá un incremento de sueldo en el mismo porcentaje que los valores mínimos.
Luego de esta aclaración, vayamos a los nuevos montos. En esta ocasión, el Ministerio decidió otorgar subas en dos veces: a partir de septiembre de 2014 (el pago vence los primeros días de octubre) las remuneraciones mínimas suben un 20%, y desde enero de 2015 (se paga en febrero) se incrementan un 10% más. Estos porcentajes están calculados respecto a los valores que regían anteriormente y que se habían fijado en septiembre de 2013.
Nuevos valores. El Gobierno fija los sueldos mínimos por cada categoría, tanto para el mes completo como por hora.  Las más comunes son las siguientes:
-Categoría 5 (tareas generales). Sueldo mensual, $ 3.864 (con el sueldo de septiembre 2014) y $ 4.186 (con el sueldo de enero de 2015). Por hora: $ 30 y $ 33, respectivamente.
Cama adentro: desde septiembre 2014, $ 4.296 por mes ($ 34 la hora); en enero 2015 $ 4.656 ($ 36).
-Categoría 4 (cuidado de personas) y 3 (caseros). Septiembre 2014, $ 4296 ($ 34 la hora); enero de 2015, $ 4654  ($ 36).
Cama adentro: septiembre 2014, $ 4.788  por mes ($ 37 la hora); en enero 2015 $ $ 5187 ($ 40).
Cómo calcular el sueldo
Según la interpretación de contadores especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, los montos corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias por 6 días (el máximo que fija la nueva ley de Empleados de Casas Particulares), pero, en caso de que los empleados trabajen menos, se puede tomar como trabajo a tiempo parcial (y sacar un proporcional).
El tiempo parcial solo correspondería si es por menos de 2/3 del tiempo (esto dice la Ley de Contrato de Trabajo), es decir 32 horas semanales. Entonces, para menos de 32 horas semanales, se saca una proporción del valor mensual (que corresponde a 48 horas) y entre 32 y 48 horas semanales, se debe tomar el monto total por categoría y pagar el valor completo.
Ejemplos con valores de septiembre de 2014, para la 5º categoría (son montos mínimos, se puede pagar más):
  • 48 horas semanales: $ 3.864 (sueldo completo).
  • 36 horas semanales: $ 3.864 (sueldo completo).
  • 30 horas semanales: $ 2.415 ($ 3.864 /48 hs. * 30 hs)
  • 24 horas semanales: $ 1.932 ($ 3.864 / 48 hs. * 24 hs.).
  • 16 horas semanales: $ 1.288 ($ 3.864 / 48 hs. * 16 hs.)
Ejemplos con valores de enero de 2015, para la 5º categoría (son montos mínimos, se puede pagar más):
  • 48 horas semanales: $ 4.186 (sueldo completo).
  • 36 horas semanales: $ 4.186 (sueldo completo).
  • 30 horas semanales: $ 2.616,25 ($ 4.186 /48 hs. * 30 hs)
  • 24 horas semanales: $ 2.093 ($ 4.186 / 48 hs. * 24 hs.).
  • 16 horas semanales: $ 1.395,33 ($ 4.186 / 48 hs. * 16 hs.)

 Aportes Obligatorios

Horas trabajadas                              semanalmente TOTAL A PAGAR Aportes trabajador (obra social) Contribuciones empleador (jubilación) Cuota ART
Menos de 12 $ 161 $ 19 $ 12 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 224 $ 35 $ 24 $ 165
16 o más $ 498 $ 233 $ 35 $ 230

 Una aclaración importante, los aportes y las contribuciones se pagan a mes vencido (en noviembre, el período Octubre, por ejemplo); pero la cuota a la ART es el mes corriente (se paga noviembre). El período que se coloca en los formularios es el mes vencido (en este ejemplo, octubre).



Escala Salarial Servicio Domestico 2014-2015


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